Pérdida de la condición de alumno efectivo

3.1. (Sin reglamentar). Se perderá la condición de alumno efectivo cuando el alumno no acredite la aprobación de dos materias por año como mínimo, con la salvedad expresa en el punto 2.1.

3.2. La Secretaría Académica realizará los controles correspondientes al inciso anterior, al 30 de marzo de cada año académico.

3.3. (Sin reglamentar). Son causales de justificación para expcetuar a los alumnos de la exigencia planteada en el punto 2.1 los siguientes:

— Realización de viajes o comisiones de estudio autorizadas por autoridad competente y debidamente certificados.

— Padecimiento de enfermedad prolongada, certificada por la Dirección de Salud de esta Universidad, como así también períodos de embarazo y lactancia.

— Razones laborales debidamente certificadas.

3.4. Toda otra causa no contemplada en los apartados precedentes será resuelta por el Consejo Directivo de la Facultad.

3.5. En todos los casos, la justificación debe ser solicitada por comunicación expresa del alumno ante la Secretaría Académica de la Facultad. En caso de aceptar la justificación presentada por el alumno, éste deberá cumplir la exigencia contemplada en el punto 2.1. durante el año lectivo en el que se le concedió la readmisión.

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