Prácticas y pasantías

  • Prácticas Profesionales

Objetivos: Posibilitar que el practicante logre utilizar los conocimientos adquiridos durante su formación universitaria; que tome contacto con el ámbito en el que se desenvuelven las instituciones educativas y/o empresariales y se integre en un grupo laboral, contribuyendo así al afianzamiento de su propia personalidad y el logro de su identidad laboral.

Requisitos: Ser estudiante efectivo de alguna carrera de la UNRC; tener mínimo 18 años cumplidos al momento del comienzo de la práctica.
Duración: en acuerdo de las partes, se propone un plazo no mayor a 4 meses.

Prórroga o Renovación: Renovación en acuerdo de las partes.

Convocatoria: Todo el año.

Horas Semanales: A convenir entre las partes (máximo 20 hs. semanales).

Aval institucional: Resolución del Consejo Superior Nº 068/02.

  • Pasantías Educativas

Objetivos: Que los estudiantes de grado tengan una experiencia práctica, rentada (asignación estímulo no remunerativa), complementaria de la formación teórica elegida que lo habilite para el ejercicio de su profesión u oficio, que puedan contactarse en el ámbito en que se desenvuelven empresas u organismos públicos afines a los estudios que realizan los estudiantes involucrados y capacitarse en el conocimiento de las características fundamentales de la relación laboral.

Requisitos: Ser estudiante efectivo de alguna carrera de la UNRC; tener como mínimo 18 años cumplidos al momento del comienzo de la misma.

Duración: Mínimo 2 meses-máximo 1 año.

Prórroga o Renovación: Renovación por 6 meses (con las renovaciones no se pueden superar los 18 meses en total); se debe firmar un nuevo acuerdo individual.

Convocatoria: Todo el año.

Horas Semanales: A convenir entre las partes 5 días a la semana, 4 horas diarias (máximo 20 hs. semanales).

Asignación estímulo: La Institución/Empresa que recibe al estudiante se compromete a entregar al pasante una suma de dinero en carácter no remunerativo en calidad de asignación estímulo, conforme cláusula novena de Resolución de Consejo Superior Nº 130/09, Art. 15 de la Ley 26.427.
Además, deberá realizar un aporte del 5% sobre la asignación estímulo, e independiente de la misma, como contribución al financiamiento de las actividades administrativas, de gestión y seguimiento de las pasantías. Estos aportes se destinarán a un Fondo de Pasantías de cada Facultad y serán utilizados para atender gastos organizativos y de seguimiento de los Tutores y/o de la Facultad.

Aval institucional: Resolución Consejo Superior Nº 130/09; Ley Nacional Nro.: 26427